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Berkeley documenta posible persecución contra periodistas durante el gobierno de López Obrador; expediente fue concebido para la Corte Penal Internacional

🗓️27 Sep 2026 🌐 Internacional 👩‍🦱 Víctor Manuel Salazar Salas 📊 1045 vistas

Berkeley documenta posible persecución contra periodistas durante el gobierno de López Obrador; expediente fue concebido para la Corte Penal Internacional

Una investigación publicada el 24 de septiembre de 2026 por el Human Rights Center de UC Berkeley School of Law abrió un nuevo frente en la discusión sobre las responsabilidades del Estado mexicano durante el gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador.

El proyecto, denominado “Under Attack: Targeting of Journalists and Human Rights Defenders in Mexico”, analiza lo ocurrido entre el 1 de diciembre de 2018 y el 30 de septiembre de 2024 y estudia si asesinatos, desapariciones forzadas, vigilancia, estigmatización y hostigamiento contra periodistas y defensores de derechos humanos, considerados conjuntamente, podrían constituir crímenes de lesa humanidad bajo el Estatuto de Roma.

No se trata únicamente de una publicación periodística. Berkeley habilitó una plataforma de evidencias que incluye bases de datos de víctimas, expedientes de casos, análisis de conferencias presidenciales y documentación relacionada con vigilancia y estructuras de seguridad del Estado. El propio centro la describe como una hoja de ruta que puede ser utilizada por fiscales nacionales e internacionales, litigantes, investigadores y organizaciones de derechos humanos.

337 periodistas y defensores asesinados

La investigación identificó 337 periodistas y defensores de derechos humanos asesinados durante el sexenio de López Obrador: 78 periodistas y 259 defensores.

Además, Berkeley elaboró 75 expedientes relacionados con asesinatos, desapariciones forzadas y otras formas graves de violencia. Muchos de los afectados investigaban crimen organizado, corrupción, abusos de las fuerzas de seguridad, conflictos territoriales o desapariciones.

Uno de los aspectos que los investigadores consideran especialmente graves es la impunidad. El Human Rights Center estima que para los delitos contra periodistas ésta se mantuvo aproximadamente entre 93 y 99 por ciento durante el periodo analizado.

Esto no significa, por sí mismo, que el expresidente sea jurídicamente responsable de cada asesinato. Precisamente una eventual investigación penal tendría que determinar autores materiales, cadenas de mando, conocimiento de los hechos y posibles responsabilidades individuales.

Las mañaneras también forman parte del expediente

Otro componente del estudio analiza el discurso empleado desde Palacio Nacional.

Mediante herramientas de inteligencia artificial y revisión de las conferencias presidenciales, el equipo identificó 2 mil 827 segmentos distribuidos en mil 437 conferencias mañaneras en los que, según la metodología de los investigadores, periodistas fueron desacreditados o estigmatizados con expresiones como “prensa fifí”, “chayoteros” o “hampa del periodismo”.

Berkeley no estudia esas declaraciones aisladamente. Su planteamiento jurídico consiste en analizar si la combinación de discurso estigmatizante, campañas digitales, vigilancia, procedimientos legales, violencia e impunidad produjo un patrón sistemático contra un grupo determinado.

La pregunta jurídica que plantean sus investigadores es precisamente si ese patrón podría llegar a encuadrarse en el delito de persecución, contemplado por el artículo 7 del Estatuto de Roma como una posible modalidad de crimen de lesa humanidad.

Pegasus, Geomatrix y vigilancia militar

La investigación también dedica un capítulo a la vigilancia.

De acuerdo con Berkeley, investigaciones forenses confirmaron que Pegasus continuó siendo utilizado durante el gobierno de López Obrador contra periodistas y críticos, pese a que el entonces presidente aseguró públicamente que su administración ya no realizaba ese tipo de espionaje.

El equipo afirma haber reconstruido adquisiciones y operaciones de herramientas de vigilancia a partir de contratos, expedientes judiciales y aproximadamente seis terabytes de correos y documentos internos de la Secretaría de la Defensa Nacional filtrados en 2022 por el grupo Guacamaya.

Entre las herramientas mencionadas aparecen Pegasus y Geomatrix. Los investigadores atribuyen parte de esa infraestructura de vigilancia a unidades de la Sedena.

Una precisión fundamental: todavía no existe un “caso AMLO” abierto en La Haya

Aquí existe una diferencia importante entre lo que realmente publicó Berkeley y algunas versiones difundidas en redes sociales.

El Human Rights Center confirma oficialmente que la investigación “fue originalmente concebida como una presentación jurídica ante la Corte Penal Internacional”.

Sin embargo, también señala que las sanciones estadounidenses contra funcionarios y colaboradores de la CPI cerraron para el centro una vía legal para entregar formalmente ese material. Por esa razón, Berkeley decidió convertir el expediente en una plataforma pública de evidencias.

Por tanto, hasta el momento no debe afirmarse que la Fiscalía de la Corte Penal Internacional ya esté investigando a López Obrador por este expediente, ni que exista una acusación formal o una orden judicial contra el expresidente derivada del trabajo de Berkeley.

Lo que sí existe es algo distinto y verificable: un expediente construido durante varios años por especialistas en derecho internacional de UC Berkeley que sostiene que hay elementos suficientes para solicitar un examen preliminar internacional.

Lindsay Freeman, directora de Tecnología, Derecho y Política del Human Rights Center y especialista en derecho penal internacional, sostiene que los elementos recabados justifican que la Fiscalía de la CPI examine el caso.

¿Significa esto que López Obrador cometió crímenes de lesa humanidad?

No existe todavía una resolución judicial que establezca esa responsabilidad.

Berkeley presenta una tesis jurídica respaldada por documentación, pero determinar si los hechos satisfacen todos los elementos del artículo 7 del Estatuto de Roma correspondería a fiscales y posteriormente, en su caso, a jueces.

El propio análisis reconoce que una investigación tendría que establecer cuáles homicidios o desapariciones pueden vincularse jurídicamente con una eventual política de persecución y cuáles tuvieron causas distintas.

Esa distinción es importante: documentar que una persona fue asesinada durante un gobierno no demuestra automáticamente que el presidente ordenó el crimen. Para llegar a una responsabilidad penal individual sería necesario acreditar vínculos, conocimiento, intención o participación conforme a las reglas del derecho penal internacional.

Un expediente que mantiene abiertas preguntas incómodas

Las conclusiones de Berkeley adquieren relevancia precisamente porque colocan bajo escrutinio internacional hechos que durante años fueron discutidos de manera separada: periodistas asesinados, defensores desaparecidos, espionaje militar, campañas de desacreditación, amenazas digitales e impunidad.

A ello se han sumado durante y después del sexenio diversas denuncias públicas sobre corrupción, actuación de las fuerzas armadas y posibles vínculos de integrantes del entorno político con organizaciones criminales. Esas acusaciones deben analizarse individualmente: la existencia de una denuncia o investigación periodística no equivale a demostrar penalmente que López Obrador pactó personalmente con el narcotráfico o recibió dinero de organizaciones criminales.

Tampoco existe una sentencia que permita afirmar como hecho que López Obrador “robó más que los expresidentes”. Una investigación periodística responsable puede examinar irregularidades, contratos, patrimonio, auditorías y denuncias, pero debe separar esas evidencias de las conclusiones que sólo corresponde establecer a una autoridad judicial.

Lo que el expediente de Berkeley sí permite afirmar documentalmente es que existen preguntas suficientemente graves sobre la actuación del Estado mexicano frente a periodistas y defensores de derechos humanos como para que especialistas en derecho internacional consideren necesario un examen independiente.

¿Puede llegar algún día a La Haya?

Jurídicamente, México es Estado Parte del Estatuto de Roma, por lo que la Corte Penal Internacional puede ejercer jurisdicción sobre crímenes que entren dentro de su competencia y hayan ocurrido en territorio mexicano, siempre que se cumplan requisitos estrictos de jurisdicción, gravedad y complementariedad.

Pero actualmente hay que distinguir tres etapas:

Berkeley ya investigó y reunió evidencia.

Berkeley sostiene que existe materia para un examen preliminar.

La CPI todavía tendría que decidir por sí misma si existen fundamentos para intervenir.

Son cosas diferentes.

El elemento más relevante de la publicación de Berkeley quizá no sea que mañana exista un juicio en La Haya, sino que un conjunto de hechos que durante seis años aparecieron como episodios separados ahora ha sido organizado en una sola plataforma probatoria y bajo una teoría concreta de derecho penal internacional.

Y esa documentación permanecerá disponible para periodistas, organizaciones de derechos humanos, fiscales y tribunales, independientemente de quién gobierne México.

Fuente documental principal: Human Rights Center, UC Berkeley School of Law, Under Attack: Targeting of Journalists and Human Rights Defenders in Mexico, publicado el 24 de septiembre de 2026.

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